El Senado aprobó, en dos lecturas consecutivas y tras declararlo de urgencia, las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto del nuevo Código Penal, dejando la iniciativa lista para ser remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación antes del cierre de la presente legislatura.
La pieza incorpora cambios en 32 artículos, luego de la revisión realizada por una comisión bicameral, que evaluó disposiciones relacionadas con la libertad de expresión, la protección de la privacidad, la violencia, los delitos sexuales, la discriminación y los delitos patrimoniales, entre otros aspectos.
Uno de los cambios más debatidos corresponde al artículo 192, sobre la difusión de audios, imágenes y videos sin consentimiento. La nueva redacción establece que el delito solo será sancionado cuando los hechos ocurran en el ámbito privado o exista una expectativa razonable de privacidad. Además, reduce la pena mínima de seis meses a 15 días de prisión, mientras mantiene la pena máxima de un año.
Los senadores también aprobaron modificaciones a los artículos 207, 208, 209 y 211, relacionados con el perjurio y la difamación. En el caso del perjurio, la sanción pasó de un rango de cinco a diez años de prisión a una pena de dos a cinco años. La difamación, por su parte, será castigada con penas de uno a dos años de prisión.
Asimismo, el texto excluye de responsabilidad penal la difamación cometida a través de medios de comunicación o del ciberespacio y precisa que las opiniones o críticas sobre corrupción, políticas públicas y servicios del Estado no constituirán delito, siempre que estén sustentadas en pruebas o en una verificación razonable.
Durante la misma sesión, el Senado también declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto que modifica la Ley 99-25, correspondiente al Presupuesto General del Estado para el año 2026.



