El Tribunal de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes de Santiago autorizó al Estado dominicano, a través del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), a establecer un mecanismo para el pago de las obligaciones laborales pendientes de Falconbridge Dominicana, S.A. (Falcondo) con sus trabajadores cesantes.
La medida, adoptada mediante resolución de fecha 10 de septiembre de 2026, dentro del proceso de reestructuración que actualmente se conoce respecto de la empresa minera, permitirá que el FONPER adelante los recursos correspondientes a las acreencias laborales que sean previamente determinadas y aprobadas por el Ministerio de Trabajo, evitando que los trabajadores tengan que esperar hasta la conclusión del proceso legal que cursa ante el Tribunal de Liquidación para recibir los pagos que les corresponden.
El mecanismo fue solicitado por el Estado dominicano ante la prolongación del pago de prestaciones laborales por parte de la empresa y otros derechos adquiridos de sus antiguos trabajadores.
Al ponderar la solicitud, el tribunal tomó en consideración la especial protección que la Constitución y las leyes dominicanas reconocen a los derechos laborales, así como el impacto económico y social que representa para los trabajadores mantenerse a la espera del desarrollo completo de un proceso de insolvencia.
El Estado podrá efectuar los pagos a los trabajadores y asumir posteriormente la posición acreedora frente a Falcondo por las cantidades efectivamente desembolsadas, gracias un esquema de subrogación contenido en la decisión.
Esto significa que el pago realizado por el FONPER no libera a Falconbridge de sus obligaciones ni convierte esos recursos en una transferencia definitiva del Estado a favor de la empresa. Por el contrario, las sumas adelantadas podrán ser reclamadas posteriormente dentro del propio proceso, con cargo al patrimonio de Falcondo y conforme a las condiciones que establezca el procedimiento judicial.
La jueza también destacó que existen activos mobiliarios e inmobiliarios registrados a nombre de Falcondo susceptibles de realización, lo que permitiría que los recursos adelantados puedan ser recuperados posteriormente dentro del proceso.
En sus consideraciones, el tribunal explicó que este mecanismo permite ofrecer una respuesta inmediata a los trabajadores ante la falta de liquidez de Falcondo, sin trasladar definitivamente al Estado una obligación que corresponde a la empresa, decisión con la cual se abre una vía para dar una solución definitiva a los trabajadores.



