La Junta Central Electoral publicó este viernes el reglamento que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral, una medida orientada a fortalecer la transparencia, el rigor técnico y la equidad en los procesos democráticos del país.
La normativa fue firmada por el presidente de la JCE, Román Andrés Jáquez Liranzo, junto a los demás integrantes del Pleno del organismo.
El reglamento establece que únicamente las empresas debidamente registradas y habilitadas ante la JCE podrán realizar y divulgar encuestas con fines electorales en República Dominicana.
La disposición busca garantizar que los sondeos difundidos al público cumplan con estándares técnicos y metodológicos que permitan fortalecer la confianza en los procesos electorales.
Requisitos para obtener la habilitación
Las firmas interesadas deberán depositar ante la Secretaría General de la JCE documentos como sus estatutos sociales, nómina de accionistas y directivos, composición del consejo de administración, información sobre filiales internacionales y los currículos de los profesionales responsables de los estudios.
La Dirección Nacional de Elecciones dispondrá de hasta 15 días laborables para verificar la documentación presentada y emitir una recomendación al Pleno de la JCE.
Posteriormente, el organismo contará con otros 15 días laborables para aprobar o rechazar la solicitud de habilitación. En caso de negativa, las empresas podrán presentar un recurso de reconsideración dentro de los 30 días siguientes a la notificación.
Prohíben difusión de encuestas antes de la precampaña
Uno de los puntos más relevantes del reglamento es la prohibición de publicar o difundir encuestas electorales antes del inicio oficial del período de precampaña.
La JCE argumenta que la divulgación anticipada de estos estudios podría generar ventajas indebidas para determinados actores políticos y afectar las condiciones de igualdad en la competencia electoral.
No obstante, las organizaciones políticas podrán contratar encuestas para uso interno durante ese período, siempre que los resultados no sean divulgados públicamente.
Regulan encuestas de boca de urna
La normativa también introduce disposiciones específicas para los sondeos de salida o “exit poll”.
Las empresas interesadas en realizar este tipo de estudios deberán notificar a la JCE con al menos ocho días de anticipación.
Además, los resultados deberán ser entregados en sobres cerrados a la Secretaría General dentro de las tres horas posteriores al cierre de las votaciones, conforme a los procedimientos establecidos por el organismo electoral.
Buscan fortalecer la transparencia electoral
Con este reglamento, la JCE procura establecer reglas claras para la realización y difusión de encuestas electorales, reforzando la transparencia, la credibilidad de los sondeos y la igualdad de condiciones entre los participantes en los procesos democráticos.



