El Congreso Nacional concluyó la revisión del nuevo Código Penal con la aprobación de modificaciones a 32 artículos, luego de que el Senado acogiera en dos lecturas consecutivas los cambios remitidos por la Cámara de Diputados. Con esta decisión, el proyecto quedó listo para ser enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Las modificaciones fueron resultado del trabajo de una comisión bicameral, que revisó disposiciones vinculadas con la libertad de expresión, la protección de la privacidad, la violencia, los delitos sexuales, la discriminación y los delitos patrimoniales.
Cambian sanciones por difusión de imágenes y videos sin consentimiento
Entre los ajustes aprobados figura la nueva redacción del artículo 192, que regula la difusión de audios, imágenes y videos sin consentimiento. El texto establece que solo habrá sanción cuando los hechos ocurran en un ámbito privado o exista una expectativa razonable de privacidad.
Además, la reforma reduce la pena mínima para este delito de seis meses a 15 días de prisión, mientras mantiene la pena máxima de un año.
Congreso reduce penas por perjurio y modifica el delito de difamación
Los legisladores también aprobaron cambios en los artículos 207, 208, 209 y 211, relacionados con el perjurio y la difamación.
Con la reforma, la pena por perjurio pasa de un rango de cinco a diez años de prisión a una sanción de dos a cinco años. En tanto, la difamación será castigada con penas de uno a dos años de prisión.
Opiniones sobre corrupción no serán delito bajo determinadas condiciones
El nuevo texto aprobado también establece que no habrá responsabilidad penal por difamación cuando esta se produzca a través de medios de comunicación o del ciberespacio.
Asimismo, precisa que las opiniones o críticas relacionadas con actos de corrupción, políticas públicas o servicios del Estado no constituirán delito, siempre que estén respaldadas por pruebas o por una verificación razonable de los hechos.



