El nuevo Código Penal entra en vigor y pone fin a más de 140 años de la legislación de 1884

La Ley 74-25 comienza a aplicarse este lunes con más de 70 nuevos delitos, penas más severas y un marco jurídico adaptado a la criminalidad del siglo XXI

5 minutos de lectura
Ilustración del Código Penal dominicano.

La República Dominicana inicia este lunes una nueva etapa en su sistema de justicia con la entrada en vigor del nuevo Código Penal, contenido en la Ley 74-25.

La normativa sustituye oficialmente el código vigente desde 1884, incorpora decenas de nuevas figuras delictivas, endurece las sanciones y moderniza la legislación penal para responder a los desafíos actuales.

Con el fin del período de vacatio legis, el país deja atrás el Código Penal de 1884, inspirado en el Código Napoleónico y diseñado para una realidad completamente distinta a la actual.

La entrada en vigencia de la Ley 74-25 representa una de las reformas jurídicas más importantes de las últimas décadas, al actualizar el sistema penal dominicano e incorporar herramientas para enfrentar delitos que el antiguo texto nunca contempló.

Nuevos delitos

Entre los principales cambios figura la incorporación de más de 70 nuevas conductas delictivas.

El nuevo Código Penal tipifica delitos como el sicariato, el feminicidio, la desaparición forzada, los delitos informáticos, las estafas con criptomonedas, la difusión de contenido íntimo sin consentimiento, el acoso cibernético y la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Asimismo, fortalece la persecución de la corrupción, el crimen organizado y los delitos financieros.

Penas más severas

La reforma también modifica el régimen de sanciones.

Mientras el código derogado establecía un límite máximo general de 30 años de prisión, la nueva legislación permite condenas de hasta 40 años para delitos como el feminicidio agravado, el sicariato, el homicidio agravado y los crímenes internacionales.

Además, cuando una persona sea condenada por varias infracciones de extrema gravedad, el cúmulo de penas podrá alcanzar hasta 60 años de prisión, una figura que no existía en la legislación anterior.

Cambios aprobados antes de su entrada en vigor

Antes de que concluyera el período de adaptación, el Congreso Nacional introdujo modificaciones a 32 artículos del proyecto, luego del trabajo realizado por una comisión bicameral.

Las revisiones abarcaron aspectos relacionados con la libertad de expresión, la protección de la privacidad, la violencia, los delitos sexuales, la discriminación y los delitos patrimoniales.

Uno de los artículos más debatidos fue el 192, relativo a la difusión de audios, imágenes y videos sin consentimiento.

La nueva redacción establece que el delito solo será sancionado cuando los hechos ocurran en el ámbito privado o exista una expectativa razonable de privacidad. También reduce la pena mínima de seis meses a 15 días de prisión y mantiene la pena máxima de un año.

Perjurio, difamación y libertad de expresión

El Senado también modificó los artículos 207, 208, 209 y 211, referentes al perjurio y la difamación.

En el caso del perjurio, la sanción pasó de un rango de cinco a diez años de prisión a una pena de dos a cinco años.

La difamación será castigada con penas de uno a dos años de prisión.

El texto aprobado excluye de responsabilidad penal la difamación cometida a través de medios de comunicación o del ciberespacio y precisa que las opiniones o críticas sobre corrupción, políticas públicas y servicios del Estado no constituirán delito cuando estén sustentadas en pruebas o en una verificación razonable.

Decreto presidencial y comisión de seguimiento

Previo a la entrada en vigor de la ley, el presidente Luis Abinader promulgó las modificaciones al Código Penal mediante el Decreto núm. 507-26, con el que creó la Comisión de Seguimiento y Socialización.

La medida busca acompañar la implementación de la nueva legislación, facilitar la capacitación de los operadores del sistema de justicia y promover la divulgación de sus disposiciones.

En ese contexto, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, valoró la disposición del sector empresarial de contribuir a la difusión del nuevo Código Penal y destacó su importancia para tipificar delitos que la legislación derogada no contemplaba debido a su antigüedad.

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